No paro de oír siempre la misma cantinela: “He venido a conciliación para alcanzar un acuerdo” o mejor aún “¡Para qué vamos a ir a mediación si nosotros ya conciliamos muy bien!”. Esta última se la atribuyo a algún abogado que me he encontrado en varias ocasiones y que demuestra cierta ignorancia con este comentario.
He creído necesario redactar este artículo pues es muy común confundir constantemente una disciplina con la otra. Debo decir que tampoco les culpo, pues, aunque son métodos de resolución de conflictos muy diferentes, tienen unos orígenes similares (tan similares que en algunos países se entiende que es lo mismo).
Empezaremos, primero, con el concepto moderno de mediación y de conciliación. Mediación es un método de resolución de conflictos en el que dos o más partes implicadas buscan alcanzar un acuerdo con ayuda de un tercero imparcial llamado mediador. En este caso, son las partes las que buscan la solución y el mediador se centra en rebajar la tensión y ayudar a generar opciones, pero no da nunca la respuesta al conflicto, sino que son los mediados quienes deciden qué hacer.
Por su parte, la conciliación es un método en el que las partes intentan alcanzar una solución con la ayuda de un tercero imparcial llamado conciliador. En este caso, ese tercero imparcial propone soluciones que las partes pueden aceptar o no.
La diferencia entre un método u otro es fundamental pues la función principal del tercero imparcial varía, afectando pues alas consecuencias y el desarrollo del proceso.
De entrada, un acuerdo alcanzado en mediación tiene más posibilidades de cumplirse que uno ofrecido en conciliación. ¿Por qué? Pues muy sencillo. El acuerdo en mediación ha sido creado por las partes en función de sus circunstancias, intereses y posibilidades. Son ellas las que mejor conocen su situación y por tanto sabrán qué solución es la mejor. El mediador “sólo» les ayudará a encontrar esa solución, pero nunca se la dará porque no conoce la situación de los mediados ni cómo han vivido el conflicto. Además, nadie firma un acuerdo que ha redactado sin estar conforme con ello, por lo que, cuando lo firma es porque está de acuerdo con lo que se recoge en el pacto.
Por contra, el conciliador les dará la solución que considere mejor. Puede ser una buena solución. Incluso, las partes pueden considerarla brillante, pero nunca será SU solución y por tanto no terminará de solucionar al 100% todo lo que han vivido a raíz del conflicto.
En Derecho Internacional, estos dos papeles se ven aún más diferenciados ya que su rol está mucho más definido y delimitado. El mediador simplemente hace de intermediario, tratando de suavizar tensiones y acercando posturas, pero la solución es dictada estrictamente por las partes en conflicto. El conciliador propone la solución, el hecho de suavizar o no posturas no es tan necesario (puede hacerlo como no).
Decía antes que entiendo la confusión que genera en algunos casos estos métodos por dos motivos. En primer lugar, hay países en los que conciliador y mediador apenas se diferencian y en muchas situaciones una misma persona ejerce ambos roles. En Estados Unidos, un mediador en muchos casos ha de conciliar y proponer la solución ya que los mediados pueden estar atascados. Lo mismo ocurre en otros países anglosajones. La diferencia es más profunda en los países latinos.
El segundo motivo es la raíz histórica de ambas palabras. Resulta que en la Antigua Roma, al mediador se le denominaba originalmente conciliator, aunque después se pasaría a llamar mediator. Por su parte, en la conciliatio se empleaban técnicas propias de la mediación para lograr solucionar el conflicto. Es por esto, que ambos conceptos están íntimamente relacionados y se pueden confundir.
Con este artículo espero haber aclarado la diferencia entre una disciplina y la otra. Sobre todo, espero que de una vez por todas algún que otro deje de decir que la mediación no sirven ya que para eso están ellos que son los que concilian. Lo mejor de todo esto, es que un abogado ni media, ni concilia. Su papel dentro de un conflicto es distinto (y fundamental): Se encarga de asesorar y defender los intereses de su cliente. Si consigue algún acuerdo con la otra parte no habrá conciliado, y desde luego, tampoco habrá mediado. En todo caso, se podrá decir que habrá negociado en representación de su cliente.
Que interesante tus definiciones y es verdad en países suramericanos como en mi pais Perú se conoce mas la figura conciliación donde se proponen fórmulas pero también se hace papel de mediador. Y es una figura que se utiliza hace muchos años que inclusive tiene buena aceptación en la sociedad y es utilizada satisfactoriamente.
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¡Muchas gracias por tu opinión! La verdad es que es muy interesante lo que dices. ¡Y muy cierto! Según el país del que hablemos, habrá un sistema más implantado que otro. Lo mejor de todo es que además según la cultura que estemos tratando (principalmente anglosajona o latina) se verá que los conceptos sobre esta materia son muy diferentes. Es además una gran noticia lo que dices de que en Perú la mediación está bien aceptada y se está usando bien. Espero que España aprenda y coja el testigo. Ya va siendo hora de que se implante aquí en condiciones
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Me podrías ayudar? en este caso (real) hablamos de una mediación o una conciliación?
http://www.noticiasdealmeria.com/noticia/63376/economia/la-mediacion-del-sercla-propicia-la-desconvocatoria-de-la-huelga-del-servicio-de-recogida-de-basuras-de-el-ejido-.html
No expresa si la tercera parte ha actuado como mediador o conciliador, pero algunos datos me hacen pensar que puede ser conciliación…
El acuerdo se remite a la autoridad laboral para inscribirlo en el registro de convenios y acuerdos colectivos d trabajo, con lo cual los acuerdos son de OBLIGADO CUMPLIMIENTO, me confunde aunque hable de mediación creo que tiene algo de conciliación. puede ser un proceso de conciliación-mediación al mismo tiempo?
NECESITO RESPUESTA GRACIAASSSSS
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Qué tal Amalia? El caso que comentas es algo propio del ámbito laboral. La mediación laboral es algo peculiar en comparación a los demás estilos. De entrada, un mediador laboral tiene que ser ducho en conocimientos de Derecho Laboral. Por otro lado, la línea, como tu bien dices, entre conciliación y mediación es muy fina y apenas se distingue (en muchas ocasiones se confunden y, de hecho, en otros países ni se diferencian). Podríamos hablar incluso de una simple negociación asistida en la que el mediador interviene más al principio y va desapareciendo al final. También puede hacer de mero intermediario trasladando las propuestas y proponiendo soluciones (un conciliador propiamente dicho). En este caso, como te digo parece que estamos ante una mediación con ciertas fases de conciliación/negociación.
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Estimados,
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Muchas gracias,
Saludos cordiales
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