Mediación, ese extraño invento

keep calm and choose medation

Últimamente, salen a la luz numerosas noticas relativas a la mediación. En distintos lugares se ha instaurado un servicio de mediación familiar, vecinal o incluso intrajudicial (a esto último le dedicaremos un post para hablar de ello). Hasta en los informativos hemos podido ver cómo algunos problemas de pública notoriedad han sido resueltos a través de un mediador (o algo que se ha llamado mediador, pero que nada tiene que ver con esta nueva figura), como es el caso de la huelga de Iberia.

Pero, a pesar de que continúan saliendo comunicaciones acerca del tema, muchos desconocen qué es la mediación y para qué narices sirve. ¿Acaso es la mediación esa gran desconocida, de la que todo el mundo habla, pero que nadie conoce? Muchas personas confunden la mediación con la conciliación, con la negociación (diferencias que trataremos en otro post), o que incluso le cambian el nombre y lo llaman de maneras muy distintas (por ejemplo, “intermediación», “intermediarios» o “arreglitos”). En este post vamos a intentar explicar en qué consiste la mediación.

La mediación no es otra cosa que una alternativa nueva para que la gente ponga fin a sus conflictos. Es una oportunidad que se ofrece a quiénes deseen utilizarla.

Se trata de que dos o más personas enfrentadas logren decidir cuál es la solución que quieren adoptar para zanjar una disputa sin necesidad de acudir a un juicio, donde los costes temporales, económicos y emocionales son considerablemente superiores. De esta manera, adquieren un protagonismo que, por el contrario, perderían en la sede judicial.

Es un proceso en el que las partes acuden de manera totalmente voluntaria para dirimir sus controversias a través de la comunicación. Es más, si por algún casual entendiesen que la mediación no es la solución a su conflicto, podrían abandonar el proceso sin verse perjudicados de manera alguna, ni perder su derecho de acudir a juicio a que un juez dicte sentencia sobre el tema.

Durante la mediación, las personas se sientan junto con un tercero totalmente imparcial, el mediador, que les ayuda a hacer efectiva esa comunicación y lograr alcanzar el acuerdo deseado. En numerosas ocasiones, las partes acuden con unas pretensiones determinadas (llamadas posiciones) y durante el proceso acaban saliendo a la luz sus verdaderas necesidades, lo que de verdad desean (los intereses). Es con esto último, con lo que se logra un buen acuerdo ya que todos salen satisfechos.

Otra característica de la mediación es que es totalmente confidencial. «Lo que pasa en mediación, se queda en mediación”. Esto puede ser muy útil para aquellos procesos contenciosos en los que una de las partes es una empresa o un empresario cuya imagen podría verse afectada. Es de sobra conocido que en el mundo mercantil, la imagen juega un factor muy importante y gracias a la mediación y su confidencialidad, esta no se vería de ninguna manera dañada.

Otro hecho a destacar es la ventaja que supone la mediación frente al proceso judicial. Los costes de los que hablábamos antes hacen presencia en esta indecisión a la hora de elegir una vía o la otra.

El coste que más rápido sale a relucir es, claramente, el coste económico. Lo primero que nos duele al acudir a un proceso judicial es el bolsillo, sin lugar a dudas. El coste derivado de las tasas, abogados, procuradores (costas en su caso), para que luego no nos den la razón (algo que puede suceder, aún cuando el caso está totalmente ganado) lo que podría conllevar un posterior recurso, añadiendo más gastos a los ya sumados, hace que el precio de acudir a un juicio sea muy elevado.

Los costes económicos de la mediación son considerablemente más bajos. Aunque es cierto que pueden variar en función del número de sesiones, del mediador elegido, de la necesidad de un peritaje o el tipo de asunto a tratar, la diferencia con el proceso judicial es, cuanto menos, muy grande.

Si bien es cierto que en los casos de separación y divorcio o en la regulación de custodia, alimentos y visitas de un menor de edad, es preceptivo acudir a un Juzgado para que dicte sentencia, el coste seguirá siendo inferior si se acude de mutuo acuerdo tras una mediación que si se inicia por la vía contenciosa. Esto es debido a que el coste del abogado y procurador será menor, no habrá tasas judiciales y se habrá logrado una sentencia satisfactoria pues recogerá lo estipulado en el acuerdo pactado previamente.

Además, en caso de que se incoe un proceso judicial de manera contenciosa, si se llega a un acuerdo, se hará una devolución del 60% de las tasas judiciales, dato desconocido por muchos, pero muy interesante en asuntos cuyas tasas pueden ser bastante elevadas.

Los costes temporales y emocionales van ligados entre sí ya que cuánto más tiempo transcurre sin que se halle una solución, más carga emocional adquieren las personas involucradas en el asunto a tratar, sintiéndose cada vez peor y adquiriendo una sensación negativa sobre la Justicia.

Un proceso judicial puede durar más de un año y medio/dos años (eso sin contar que se trate de un juzgado especialmente saturado o que se presente un recurso contra la sentencia dictada por una de las partes, lo que alargaría aún más el proceso). La mediación, como media, dura unos dos meses y las personas, a pesar de haber empleado un gran esfuerzo y trabajo por su parte para encontrar una solución, no acaban tan desgastadas pues no ha transcurrido tanto tiempo y además se sienten satisfechas porque su dedicación les ha llevado a lograr un acuerdo en el que salen ganando todos, de forma que no es necesario recurrir nada.

Otra consecuencia es el hecho de adquirir protagonismo. Las personas sienten que obtienen la posibilidad de ser los principales actores del conflicto, de manera que se les da el poder de solucionarlo, sin que ningún tercero, como el juez, se adueñe de dicho papel protagónico decidiendo él qué deben hacer esas personas, sin entrar a valorar, muchas veces por falta de tiempo, muchas veces por falta de recursos, cómo han vivido las personas esa situación y en qué puede ayudarles.

Visto esto, parece que la mediación es una vía, no sólo alternativa, sino mejor que la vía judicial, pero ¿es así? ¿Es la mediación la panacea? Pues bien, ya les adelanto que la respuesta es no. La mediación, al igual que el proceso judicial, o la negociación, o el arbitraje, o la conciliación, o cualquier otro método de resolución de conflictos no es más que otra opción de solucionar las discrepancias, pero no por ello es la única viable o la mejor.

Por desgracia, no sirve para todos los casos. Es más, es posible ver que en dos tipos de asuntos prácticamente iguales, uno se pueda solucionar por la mediación y el otro no. Esto es debido a que depende, no sólo del tipo de asunto a tratar (que también), sino de las personas que participan en el conflicto. Son ellas las protagonistas, las que deciden si quieren acordar o no.

En mi experiencia como mediador, he visto casos en los que, por distintos motivos, las personas no quieren sentarse a hablarlo, bien porque no se fían de la otra parte, bien porque entienden que no se van a poner de acuerdo, por lo que deciden acudir directamente a la vía judicial. Sin embargo, también debo decir que hay personas que han acudido con esa idea de imposibilidad de acordar, y una vez sentados en la mesa de mediación, han logrado encontrar soluciones que jamás habrían imaginado ser capaces de hacer, sintiéndose totalmente encantados con el resultado obtenido.

Dicho todo esto, espero haber aportado algo de luz en la oscuridad sobre qué es la mediación y para qué sirve este nuevo y extraño invento.

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